Actualmente pareciera que el mercado inmobiliario estadounidense se mantiene con fuerza, y eso ha sido un punto excepcional este 2021 y pareciera que seguirá hasta el 2022. En este sentido, los bajos interesen hipotecarios unido al bajo inventario inmobiliario de venta, han influenciado en esta tendencia y sigue ocupando una parte importante de la recuperación económica del país.
Por esta razón creo pertinente hablar sobre la Ley del Impuesto sobre las Inversiones Extranjeras en Bienes Inmuebles (FIRPTA corresponde a las siglas en inglés Foreign Investment in Real Property Tax). Que es la ley tributaria que aplica a cualquier disposición de Intereses de Bienes Raíces de los EE. UU. creada para garantizar el pago adeudado del impuesto a las ganancias de capital, al vender dicho interés. Además, esta ley también aplica no solo a extranjeros NO RESIDENTES FISCALES de EE. UU sino también a las empresas extranjeras (no incorporadas en USA) dependiendo de su forma corporativa.
Ahora bien, estamos acostumbrados a leer que le FIRPTA aplica a la venta de propiedades residenciales, pero es importante que sepas que también aplica a tierras y productos naturales adheridos a ella, edificios comerciales, mejoras, arrendamientos, minas y depósitos naturales, entre otros, situados tanto en EE.UU. como en las Islas Vírgenes.
Asimismo, y con ciertas excepciones, a las acciones de una sociedad de cartera de bienes inmuebles de Estados Unidos; a las ganancias obtenidas en la revalorización o los ingresos generados por bienes inmuebles y a las participaciones en sociedades que posean intereses inmobiliarios de Estados Unidos.
Y es que cuando hablamos de Interés inmobiliario, ante el IRS el concepto es más amplio y cuando hablamos de disposición nos referimos a una venta o intercambio, liquidación, regalo, transferencia, etc.
Ahora bien, la ley exige que los extranjeros que no tengan residencia fiscal en EE.UU. retengan, en la mayoría de los casos, el 15% del valor bruto de venta de la propiedad, transfiriendo esta cantidad directamente al IRS. Sin embargo, existen ciertas excepciones las cuales aplican si la persona que compra la propiedad va a usar la propiedad como su residencia o no y si la propiedad se esta vendiendo por debajo de los $300.000 y es para uso residencial, la retención no aplica. Sin embargo, si el valor de la venta este entre $300.001 – $1.000.000 la retención podría ser solo del 10% y si superan al millón no hay reducción por lo que debe retenerse el 15$. En el caso de que la propiedad sea usada con fines de inversión no aplica ninguna reducción por lo que debe retenerse el 15%. Otra excepción aplica en el caso de que la propiedad se venda con perdida, en este caso la retención puede reducirse o eliminarse, pero debe enviarse un certificado de retención y debe ser aprobado por el IRS.
En el caso de las empresas tenemos que:
- Si fue Creada en USA: aplica si es una LLC con un solo dueño extranjero no residente mas no para más de 2 miembros no. No aplica para corporaciones.
- Si fue Creada fuera de USA: depende del tipo de empresa y número de socios. Si es una CORP que fue registrada como una CORP doméstica en USA, no aplica. De lo contrario, si aplica. La retención es de 21%. Si es una LLC, aplica la retención
- Si es un trust, si un tribunal americano no puede ejercer supervisión sobre su administración, le aplica la retención. La retencion es de 21%.
Sin embargo, como siempre, el diablo está en los detalles. Y hay muchos detalles, excepciones y factores que complican la situación, por lo que, si usted está en esta situación, considere consultar con un experto ya que esto es solo un pequeño abreboca de todo lo que es la ley y cada caso tiene sus propios matices.
Gentileza: Tax Leaf Hallandale
Tax Leaf Hallandale es una reconocida empresa norteamericana líder en servicios fiscales y contables para personas residentes y no-residentes de Estados Unidos. Tiene más de 40 años ayudando a inversionistas y emprendedores extranjeros a constituir sus empresas y los asesoran en todo lo relacionado a sus deberes impositivos en USA.
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