El Formulario I‑94 (Arrival/Departure Record) es el registro oficial de ingreso y salida de visitantes no residentes en EE. UU. Emitido por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), ahora se obtiene principalmente de forma electrónica. Es esencial conservarlo, ya que sirve para demostrar tu estatus legal, calcular tu tiempo de estadía y cumplir con requisitos migratorios.
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Desde inicios de 2024, ya no se emiten formularios en papel en pasos fronterizos terrestres; todo es digital. Puedes acceder a tu I‑94 vía web o app CBP One.
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A partir del 11 de abril de 2025, entró en vigor un nuevo requisito de registro de extranjeros: si estás más de 30 días, es obligatorio tener un I‑94 válido como documento de registro. Se recomienda tramitar el “provisional I‑94” antes de ingresar por tierra.
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Los números de I‑94 ahora son alfanuméricos (11 caracteres: 9 dígitos, 1 letra y 1 dígito) desde mayo de 2019, y siguen siendo válidos mientras no expiren.
¿Quién necesita un Formulario I‑94?
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Todos los ciudadanos extranjeros que entren a EE. UU. por aire, mar o tierra, excepto ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes, personas con visa de inmigrante, y en la mayoría de casos, ciudadanos canadienses en tránsito.
Cómo solicitar tu I‑94 antes de viajar
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Ingresando desde tierra, puedes aplicar en línea vía sitio web de CBP o app CBP One hasta 7 días antes del cruce.
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El costo es de USD 6 por persona.
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Recuerda que la aprobación es provisional y la entrada final depende de la decisión del oficial al llegar.
Proceso I‑94 pre-viaje
Paso | Detalle |
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Inicio de trámite | Web de CBP o app CBP One |
Plazo para solicitar | Hasta 7 días antes del cruce |
Costo | USD 6/persona, no reembolsable |
Naturaleza del permiso | Provisional, sujeto a inspección |
Uso obligatorio desde abril 2025 | Registro de extranjeros +30 días |
Cómo acceder y guardar tu I‑94
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Usa la opción “Get Most Recent I‑94” en el sitio o app CBP One para ver, descargar y/o imprimir tu registro.
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Siempre guarda una copia digital o impresa; puede ser requerida por universidades, empleadores o agencias migratorias.
Salida de EE. UU. y registro de salida
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Si sales por aeropuerto o mar, la salida se registra automáticamente por la aerolínea o naviera.
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Si sales por tierra con I‑94 impresa, hay que entregarla al oficial; si es electrónica, se recomienda guardar documentos que prueben la salida, como sellos en pasaporte, tickets o recibos.
Requisitos para turistas y visitantes no inmigrantes
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No se usa más el I‑94W para quienes ingresan bajo el Programa de Exención de Visa; ahora se aplica el I‑94 electrónico y requiere ESTA aprobado antes de viajar.